top of page
¿Cuáles son tus derechos?
-
Vacaciones
-
Días feriados
-
4%
-
CNESST
Vacaciones
De acuerdo con la ley de normas laborales, este derecho se adquiere tras un periodo de 12 meses consecutivos, generalmente entre el 1 de mayo y el 30 de abril del año siguiente. La duración de las vacaciones a las que tiene derecho el empleado se determina con base en su periodo de servicio continuo. Cuanto más largo sea este periodo, más largas pueden ser las vacaciones. Te invitamos a consultar el sitio web de la CNESST.
Días feriados
La mayoría de los empleados en Quebec tienen derecho a licencia y compensación por las siguientes vacaciones legales:
-
Día de Año Nuevo (1 de enero);
-
Viernes Santo o Lunes de Pascua (dependiendo del empleador);
-
Día Nacional de los Patriotas (el lunes anterior al 25 de mayo);
-
Día Nacional de Quebec (24 de junio)
-
Día de Canadá (1 de julio o 2 de julio si el 1 es domingo);
-
Día del Trabajo (primer lunes de septiembre)
-
Acción de Gracias (segundo lunes de octubre)
-
Día de Navidad (25 de diciembre)
Sin embargo, existen ciertas excepciones con respecto a la indemnización proporcionada por el empleador y con respecto al tiempo de la licencia concedida. Para todos los detalles, consulte el sitio web de CNESST.
4%
Cuando un empleador rescinde tu contrato de trabajo, debe proporcionarte un aviso de rescisión y devolverle todos los montos adeudados, incluido tu salario, horas extras y pago de vacaciones (generalmente 4%). Para más información, visita el sitio web de la CNESST.
La Comisión de Normas, Equidad, Salud y Seguridad en el Trabajo (CNESST) es la organización quebequense responsable de gestionar el plan de seguridad y salud en el trabajo de Quebec. La CNESST asegura a los trabajadores quebequenses en caso de accidente o enfermedad relacionada con su empleo. Garantiza que se respeten los derechos de los trabajadores en términos de formación y seguridad. Para obtener más información, visita el sitio web de la CNESST.
CNESST
bottom of page